Aunque con algunas modificaciones, finalmente la reforma laboral del gobierno de Gustavo Petro en Colombia ingresó a la Cámara de Representantes con la intención de establecer una relación laboral dependiente entre las plataformas digitales como Rappi, DiDi y iFood y las personas repartidoras, por lo que las empresas estarían obligadas a afiliar a los colaboradores a la seguridad social.
Para Servando Vargas, especialista en Tecnologías de la Información y Comunicaciones, hoy la economía colaborativa todavía está en una etapa muy temprana de desarrollo, por lo que una regulación de este tipo podría frenar su crecimiento.
Al estudiar los marcos normativos, hay que comprender que “la economía colaborativa es un parteaguas a nivel mundial, porque de alguna manera ayuda a generar fuentes de empleo de una manera mucho más eficaz y rápida”, expresa Vargas a DPL News.
Incluso, puntualiza, es necesario tomar en cuenta el impacto de la economía colaborativa no sólo en el Producto Interno Bruto (PIB) de un país, también en la sociedad, pues las plataformas han traído consigo alternativas para la generación de ingresos sin altas barreras de entrada.
En ellas, una parte de la población encuentra una fuente económica relevante, sin la que podría estar en el desempleo; o un complemento para sus ingresos, al dedicarse sólo parcialmente a esta actividad.
Un estudio de la Fundación para la Educación Superior y el Desarrollo (Fedesarrollo) de Colombia señala que las plataformas han sido una opción ante la exclusión laboral durante la crisis por la pandemia.
Cuatro de cada diez colaboradores de las aplicaciones como Rappi y DiDi consideran que, sin esta alternativa, estarían desempleados.
Daniel López, director ejecutivo de Alianza In, dijo a través de su cuenta de Twitter que la reforma laboral, de ser aprobada tal como está ahora, provocaría que 80 mil repartidores se quedaran sin trabajo, por una menor demanda de sus servicios y mayores barreras para ser aceptados en las aplicaciones.
Además de la población nacional, en Colombia los migrantes venezolanos utilizan las plataformas digitales para generar ingresos, debido a que es más fácil acceder a ellas, mientras que en otras ocupaciones hay más barreras de entrada como un cierto nivel educativo o padecen discriminación.
Las posiciones entre los repartidores son diversas. Hay quienes piensan que esta reforma laboral tendrá un impacto positivo en sus vidas al brindarles seguridad social, pero otros más consideran que perderán la posibilidad de trabajar de forma independiente y administrar su tiempo, lo cual temen que perjudique sus ingresos.
La versión final del proyecto en esencia es la misma que presentó en febrero el Ministerio del Trabajo. Pero contiene algunos elementos nuevos. Esta vez, el artículo 24 que propone la iniciativa señala que podrá existir una modalidad de trabajo parcial que funcionará bajo normas específicas que se reglamenten en el futuro.
En todo caso, dicho artículo obliga a las plataformas tecnológicas a afiliar a sus colaboradores a la seguridad social, sólo que esta vez se especifica que las horas laboradas y su equivalente a semanas de cotización se calcularán de acuerdo con informes elaborados por las empresas cada mes.
Cumplir con esa disposición sería una labor compleja y difícil para las plataformas digitales, y posiblemente contraproducente para los repartidores.
El tiempo que pasa conectado alguien a la aplicación no necesariamente implica que, efectivamente, está aceptando y atendiendo pedidos.
Por otro lado, se caería en una fuerte vigilancia sobre las actividades de los colaboradores, cuando eso no necesariamente signifique más ingresos para sus bolsillos.
Actualmente, quienes utilizan las plataformas para obtener ingresos cuentan con flexibilidad y libertad de elegir los horarios y el tiempo que dedican a la plataforma.
Algunos sólo se conectan por poco tiempo, lo cual se traduciría en una cotización limitada y, por lo tanto, la medida tendría un impacto reducido si el objetivo es la seguridad social.
También se añade una complejidad adicional, que en el modelo actual de las aplicaciones colaborativas no causa ningún conflicto, pero en este nuevo esquema tendría otras implicaciones: la no exclusividad.
Es decir, cada repartidor o repartidora puede conectarse a múltiples plataformas de entrega de productos y servicios a domicilio.
Incluso, hoy puede hacerlo al mismo tiempo: si en determinadas horas está conectado a más de una aplicación, ¿a cuál le corresponderá la obligación de brindar seguridad social en ese momento? ¿Cómo se decidirá? ¿Las autoridades harán el cruce de toda esa data proporcionada por las empresas?
En cuanto al resto de elementos que abarca la reforma laboral en el ámbito de la economía colaborativa, permanecen casi de la misma forma respecto al borrador presentado en febrero de este año.
La propuesta de ley incluye medidas de transparencia; principios y normas en el uso de sistemas automatizados para la toma de decisiones; el tratamiento de datos personales; la supervisión humana de los algoritmos, y el registro de información acerca del trabajo en las aplicaciones.