Sin señales de llegar a un consenso, continúa en el Congreso Nacional de Honduras el tercer debate de la polémica Ley para la Protección de los Usuarios de Telecomunicaciones, más conocida como la ley de escuchas.
Dicha iniciativa fue enviada por el Ejecutivo de Honduras y revisada por una comisión, integrada en su mayoría por diputados del Partido Libertad y Refundación (Libre), que emitió un dictamen favorable para someterla a discusión.
Desde que la normativa llegó al hemiciclo, la bancada de Libre ha defendido que esta no busca intervenir comunicaciones, sino crear una base de datos de los usuarios de telecomunicaciones que utilizan SIM o chip para hacerle frente a la extorsión.
No obstante, el artículo 23 de la misma, que faculta a la Secretaría de Seguridad, el Ministerio Público y autoridades judiciales a acceder a los registros de llamadas, mensajes y vídeo llamadas cursadas intrared, así como hacia otras redes, sin una orden judicial, ha alertado a los partidos de oposición y sociedad civil.
Para el diputado del Partido Nacional, Marco Midence, esta nueva ley es una copia de la Ley Especial para la Intervención de las Comunicaciones Privadas aprobada en 2011 y reformada mediante decreto en 2014 y 2017.
Midence señaló que la diferencia radica en que la ley aprobada en 2011 especifica que la intervención de comunicaciones debe ser autorizada por un juez, siempre que haya una investigación abierta, pero con la iniciativa enviada por el Ejecutivo de Honduras ya no se necesitará la orden judicial y cualquier autoridad de la Secretaría de Seguridad podrá acceder a estos registros.
Esta nueva ley, que aún no ha sido aprobada, también deroga los decretos 19-2014 y 71-2017, mediante los que se hicieron reformas a la Ley de Intervención de Comunicaciones de 2011.
Para el caso, el decreto 71-2017 indica que los operadores y suboperadores de telecomunicaciones están obligados a llevar un registro de los usuarios de SIM, como su nombre, identidad, número asignado y lugar de activación, mismos que deberán registrar en la Base de Datos Nacional de Teléfonos Móviles, creada y administrada por Conatel.
En cambio, la Ley de Protección a Usuarios de Telecomunicaciones establece que los operadores y suboperadores están obligados a registrar esta información en una Base de Datos Nacional de Usuarios de Telefonía, que creará y administrará el Registro Nacional de las Personas (RNP) y a la que tendrá acceso irrestricto Conatel.
El artículo ocho de la misma dice que el Registro Nacional de las Personas, el Instituto Nacional de Migración y la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), deben crear un protocolo de interoperabilidad, es decir, compartirán información para validar los datos de los usuarios.
Por su parte, el artículo 10 obliga a las compañías de telefonía a facilitar aplicaciones gratuitas a los usuarios para realizar la validación biométrica o dactilar durante la adquisición o cesión de SIM.
Mientras que el artículo 20 obliga a los extranjeros que permanezcan en el país por más de 30 días a registrar su equipo terminal o adquirir un SIM con número telefónico nacional.
El artículo 21 dice que previa denuncia de un usuario por extorsión o amenazas, la Secretaría de Seguridad tendrá la facultad de solicitar las coordenadas, lugar y fecha, dónde se realizó la última conexión del SIM utilizado para estos delitos.
Cabe destacar que a diferencia del decreto 19-2014, la nueva normativa no incluye sanciones para los funcionarios que divulguen información de la base de datos o recabada en investigaciones, pero sí advierte de penalización a las compañías que divulguen información del RNP o el INM.
En declaraciones a medios de comunicación, el diputado de Libre Rafael Sarmiento, quien encabezó la comisión que dictaminó dicha iniciativa, informó que el tercer debate de la ley continúa mañana, aunque se negó a dar más información cuando fue contactado por este rotativo, al igual que otros diputados de su partido.
Sin embargo, legisladores de los partidos Salvador de Honduras, Nacional y Liberal, reafirmaron que no apoyarán esta ley si no se le hacen cambios, como exigir una orden judicial y una investigación abierta para tener acceso a registros de llamadas o mensajes.