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Las regulaciones al Teletrabajo entran en vigor en México
El pasado 12 de enero entraron en vigor las modificaciones a los artículos 311 y 330 de la Ley Federal del Trabajo que reconocen la modalidad de Teletrabajo y regulan a patrones y empleados.
Especialistas en materia de Recursos Humanos opinan que los planteamientos o ajustes a los artículos 311 y 330 son muy básicos o generales. Esta situación podría resolverse una vez que se cuente con la norma oficial mexicana en la materia, -la autoridad tiene 18 meses para prepararla-, se espera que una vez definida se especificará con todo detalle la forma en que patrones y empleados podrán cumplir con las obligaciones que establecen las modificaciones a la Ley.
Mientras tanto, las recomendaciones principales son:
- Los ajustes a la Ley señalan que se considerará teletrabajadores a los colaboradores que realicen más del 40% de su labor en su domicilio. A este grupo de empleados, el empleador o patrón está obligado a pagarles una parte de los montos por servicios de energía eléctrica e internet.
- Negociar para definir acuerdos que sean convenientes para las partes, y mantenerse al día en la información sobre la materia.
- Los patrones están obligados a respetar el derecho de sus colaboradores a la desconexión al terminar su horario de trabajo, esto es que no pueden ser obligados a realizar actividades extra o fuera de horario, por el simple hecho de que laboren en su hogar.
- También deberá ocuparse de entregarle el equipo y recursos informáticos y de mobiliario necesarios para realizar su labor (sillas ergonómicas, impresoras, consumibles). Y garantizar el mantenimiento de los mismos.
- La Ley en vigor contempla que el salario que reciba el empleado que labore en su hogar por las mismas responsabilidades, no puede ser menor al que percibía realizando su trabajo de forma presencial.
- También deben garantizar el derecho a la intimidad, por lo que las cámaras web que puedan integrar los sistemas informáticos entregados al empleado, podrán ser deshabilitados o apagados cuando éste considere que se está violando su derecho.
- Los administradores deben llevar registro de los insumos proporcionados a las personas e implementar mecanismos que protejan la información y aparatos asignados, lo mismo que establecer mecanismos de capacitación y asesoría para el uso correcto de los sistemas y las aplicaciones.
- Es recomendable asegurar los equipos y enseñar a los colaboradores a crear passwords o contraseñas robustos.
- El cambio a la modalidad de presencial a teletrabajo deberá ser voluntario, además de que todos los trabajadores que realicen home office tendrán derecho a volver al esquema tradicional.