Los concesionarios de servicios de telefonía fija y móvil brindarán información de la localización o geolocalización de casos sospechosos o confirmados de coronavirus optimizando el registro de casos identificados.
Las llamadas a las centrales telefónicas de emergencia 113 y 107, desde un terminal fijo o móvil, implicarán la geolocalización y el tratamiento del dato personal que de allí se derivan de los casos identificados. También será realizada una grabación de la comunicación efectuada a la central telefónica de emergencia, de acuerdo a los criterios y términos establecidos por la entidad que la administra.
Además, la disposición precisa que los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones, a través de sus servicios de mensajería, remitirán mensajes a todos sus abonados con periodicidad semanal, durante la vigencia del estado de emergencia nacional, para difundir el cuestionario nacional o triaje inicial digital nacional para la identificación de casos sospechosos de coronavirus.
El Ministerio de Salud y sus organismos públicos adscritos, EsSalud, y la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, pueden acceder y gestionar los datos que se generen como resultado del llenado de cuestionario nacional o triaje inicial digital nacional para la adopción e implementación de acciones de prevención y control del coronavirus.
Los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones están obligados a brindar el acceso a la información que requieran las citadas entidades por el triaje digital. En ningún caso, se permitirá el acceso al contenido de llamadas salientes y entrantes, de mensajes de texto SMS.
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), en el marco de sus funciones y competencias, fiscalizará el cumplimiento de estas obligaciones.